Las compañías de financiamiento de litigios previo al acuerdo ofrecen a los demandantes en casos de lesiones personales adelantos en efectivo a cuenta de lo que esperan recuperar con su demanda. Desde el punto de vista del demandante, estos adelantos le dan estabilidad económica durante la espera, que con frecuencia dura años, hasta que se resuelve un caso de lesiones personales. Desde el punto de vista del bufete de abogados, reducen la presión del cliente para llegar pronto a un acuerdo por debajo del valor del caso. La complejidad práctica surge al momento del acuerdo: el reclamo de reembolso del financiador, que normalmente incluye el adelanto principal más un precio de compra acumulado que se capitaliza a las tasas fijadas en el contrato, debe contemplarse en el desembolso junto con los liens médicos (gravámenes médicos), los honorarios del abogado y otras obligaciones. Un abogado de lesiones personales que, antes de que el cliente firme, no entiende cómo está estructurado el contrato de financiamiento ni cuál será la obligación de reembolso con distintos montos de acuerdo, está trabajando sin la información necesaria para proteger los intereses de su cliente.
La estructura sin recurso y su tratamiento legal
Por lo general, las compañías de financiamiento previo al acuerdo estructuran sus productos como adelantos sin recurso: el cliente solo debe reembolsar si hay una recuperación, y el reclamo del financiador se limita a lo que se obtenga del caso. Esta estructura se usa para argumentar que el adelanto no es un préstamo sujeto a las leyes estatales sobre usura, sino una compra contingente de una parte de la recuperación esperada. Los tribunales de distintas jurisdicciones han tratado esta caracterización de manera inconsistente: algunos estados consideran estos contratos como préstamos sujetos a las leyes de crédito y usura, y otros aceptan la caracterización sin recurso. Al momento de escribir este artículo, California no ha promulgado una ley integral sobre financiamiento de litigios, aunque varios estados han adoptado requisitos de divulgación y topes a las tasas. Antes de que un cliente firme un contrato, el abogado debe revisar la situación de licencia de la compañía de financiamiento en el estado del cliente y el marco regulatorio aplicable.
Las obligaciones éticas del abogado
El abogado no tiene obligación de orientar al cliente hacia un financiador de litigios específico ni de alejarlo de él, y las California Rules of Professional Conduct no prohíben que un cliente acepte un adelanto previo al acuerdo. Sin embargo, las obligaciones éticas del abogado entran en juego de varias maneras. En primer lugar, darle al financiador opiniones sobre el valor del caso o predicciones sobre lo que se recuperará en un acuerdo puede generar tensión con el deber de no hacer declaraciones falsas a terceros y con el deber de no garantizar resultados. La mayoría de los contratos de financiamiento exigen una carta de reconocimiento o de cooperación del abogado; esas cartas no deben incluir afirmaciones sobre el valor del caso, la probabilidad de un acuerdo o la recuperación esperada que el abogado no pueda verificar. En segundo lugar, la California Rule 1.8.6 prohíbe que el abogado adquiera un interés patrimonial en el objeto del litigio, y los arreglos en los que el abogado recibe una compensación del financiador o mantiene una relación de referidos con él caen bajo esta regla.
Lo más importante es que el deber de comunicación del abogado conforme a la California Rule 1.4 le exige explicarle al cliente, antes de que firme, los términos esenciales del contrato de financiamiento, incluida la obligación total de reembolso en distintos escenarios de resolución del caso. Un contrato de financiamiento que otorga un adelanto de $10,000 y obliga al cliente a reembolsar $32,000 si el caso tarda 24 meses en resolverse es un contrato que el cliente debe entender en el contexto de la recuperación neta que espera recibir.
Prioridad y orden en el desembolso
Los contratos de financiamiento previo al acuerdo no crean liens legales ni en equidad en el mismo sentido que los reclamos de pagos condicionales de Medicare o los liens hospitalarios estatales. Crean derechos contractuales sobre los fondos del acuerdo, y su lugar en el orden de desembolso frente a otras obligaciones depende de lo que diga el contrato de financiamiento y de si algún acreedor gubernamental de lien tiene conocimiento del adelanto. Un financiador previo al acuerdo cuyo contrato pretenda otorgarle un reclamo prioritario sobre los fondos no desplazará un lien de pagos condicionales de Medicare, que goza de prioridad legal federal sobre todos los demás reclamos. Tampoco un reclamo contractual del financiador desplazará el derecho en equidad de un plan ERISA sobre fondos del acuerdo específicamente identificables conforme a Montanile, ya que los derechos en equidad sobre un fondo fiduciario separado se reconocen por delante de los reclamos contractuales generales sobre esos mismos fondos.
En la práctica, el orden de distribución en un caso que tiene tanto acreedores de liens legales como un financiador previo al acuerdo es el siguiente: primero, los honorarios y costos del abogado, conforme a la doctrina del fondo común y la jurisprudencia de California; segundo, los acreedores de liens legales federales (Medicare, Medicaid); tercero, los demás acreedores de liens y los reclamos contractuales, pagados de la parte del cliente; y por último, el monto neto para el cliente. La obligación de reembolso del financiamiento se paga de la parte neta del cliente una vez satisfechas todas las demás obligaciones, no de la recuperación bruta por delante de los acreedores gubernamentales de liens.
Lista de verificación operativa para la administración del bufete
Los bufetes de abogados de la parte demandante que trabajan con frecuencia con clientes que usan financiamiento previo al acuerdo deben establecer un protocolo de admisión uniforme: identificar todos los contratos de financiamiento del expediente antes de que comiencen las conversaciones de acuerdo, obtener estados de cuenta de liquidación actualizados de cada financiador al momento del acuerdo o en una fecha cercana, e incluir las obligaciones de reembolso del financiamiento en la hoja de cálculo de desembolsos del acuerdo antes de presentarle cualquier opción de acuerdo al cliente. La hoja de cálculo de desembolsos debe mostrar la recuperación neta del cliente en cada escenario de financiamiento con distintos montos de acuerdo, para que el cliente pueda tomar una decisión informada sobre si acepta o no un acuerdo determinado. Un cliente que aceptó un adelanto previo al acuerdo esperando una recuperación neta de $200,000 y que en realidad recibirá $65,000 con un acuerdo propuesto de $350,000, después de los honorarios del abogado, los liens médicos y el reembolso al financiador, merece entender esas cuentas con claridad antes de autorizar el acuerdo. Para conocer el orden completo de desembolsos y el marco de prioridad de los liens, la categoría liens-and-settlement analiza en detalle cada tipo de lien y el análisis de prioridad. Los sistemas operativos del bufete para dar seguimiento a los costos del cliente y a las obligaciones de desembolso se tratan en la categoría practice-operations. Para conocer las novedades jurisprudenciales sobre los derechos de reembolso del financiamiento de litigios y las obligaciones éticas del abogado en las relaciones de financiamiento, el archivo case-law-settlements da seguimiento a las opiniones de los colegios de abogados estatales y a las decisiones judiciales pertinentes.